domingo, 5 de junio de 2016

ROMA: LA MUJER Y LA ABOGACIA




Hortensia, destacada jurista romana.





LA MUJER ABOGADA EN LA ANTIGUA ROMA...

En la Roma  antigua, a pesar de que la sociedad tenía papel protagónico de los hombres y no se permitía a las mujeres el ejercicio de cargos públicos, hubo épocas en que ellas pudieron ejercer la abogacía antes los tribunales.

Varios autores recuerdan casos célebres en los que las mujeres como Amesia Sentia y Hortensia fueron abogadas.

El Derecho y la mujer en Roma


La sociedad romana de la Antigüedad al igual que otras ciudades indoeuropeas de esa época, tuvo una cultura androcrática, caracterizada por el predominio casi absoluto de varones en las actividades económicas y políticas más importantes. 

A la mujer romana se le enseñaba domésticamente a ser una buena ama de casa, una buena hija, una buena esposa y una buena madre, mientras que, por otra parte, campos como la lectura, la escritura, la filosofía o las artes solían estarle vedados. Ello ocurría incluso en las familias acomodadas, cuyas mujeres, gracias a la existencia de esclavos y sirvientes, podrían haber dispuesto de tiempo libre para actividades culturales.

Es muy interesante que en la Roma repúblicana, aunque se consideraba que la abogacia era una actividad propia de hombres, su ejercicio no estuvo prohíbido de modo terminante a las mujeres y algunas de ellas intervinieron en los tribunales en casos que las hicieron célebres.

La existencia de mujeres abogadas debió revestir carácter excepcional, ya que de ella quedan muy pocos testimonios documentales. Al respecto, la principal fuente de la que disponemos hoy día es la obra de Valerio Maximo, un escritor del siglo I d.C que apareció en español en el siglo XVI con el nombre de "Los nueve libros de los exemplos y virtudes morales" de Valerio Maximo. 

De modo muy sucinto, este autor recogió las historias de tres mujeres romanas que actuaron ante los tribunales en el siglo I a.C en circunstancias muy diversas, estas fueron: Amesia Sentia, Hortensia y Caya Afrania:

Amesia Sentia: 

El primero de los casos relatados por Valerio Maximo en relación con las abogadas romanas data apróximadamente del año 77 a.C (Sir Wiliam, 2005, Ip. 135), la protagonista, Amesia Sentia.

"Amesia culpada, trató su causa en el muy grande concurso del pueblo juntados los jueces Lucio Ticio, y ejecutando, no solamente con diligencia, sino también con fortaleza todas las partes y números de su defensión en la primera instancia le dieron por libre casi todos los pareceres. A la cual  llaman Androgynes, porque siendo mujer, representaba asismo varonil. La escritura original del texto es: "Amesia Sentia rea causam suam L. Titio praetore indicium cogente maximo populi concursa egit modo que omues ac numeros defensionis non solum diligenter, sed etiam fortiter executa, et prima actione et poene cuntic sententiis liberata est. quam, quia sub specie feminae virilem animum gerebat, androgynen appellabant ( Valerio Maximo), 1688, 8. 3. 1, f 137 v).

El procedimiento romano, el pretor solamente indicaba el Derecho aplicable, ya que la apreciación de los hechos y las pruebas y  decisión final sobre el caso correspondían al index o juez propiamente dicho quien desempeñaba un papel algo similar al jurado anglosajón. Los jueces podían ser varios, como en el caso de Amesia Sentia o uno solo. Lamentablemente, Valerio Maximo no consignó de qué se le acusaba. Pero los cargos en su contra debieron ser muy graves para que el caso alcanzara notoriedad y congregasr un gran número de espectadores. Tampoco consignó el autor por qué Amesia tuvo que defenderse a sí misma, en vez de que la representase un abogado de profesión. Por el relato de Valerio se deduce que en su defensa Amesia dio muestra de gran habilidad e inteligencia, ya que no solamente fue absuelta, casi por unanimidad, sino que además se ganó el apodo de "Androgynes", ( mezcla de hombre y mujer).

Es relevante que no hay reerencias a Emesia Sentia en textos conservados de otros autores romanos, parece que su comparecencia en los tribunales fue un hecho aislado, es decir, que la protagonista no se dedicaba al ejercicio forense de modo habitual, sino que se vió obligada a ello en una sola oportunidad por circunstancias personales.

Hortensia


Cronológicamente, el segundo de los tres casos relatados por Valerio es el de Hortensia y el que conocemos mejor, ya que no solamente es mencionado por el autor, sino por otros autores romanos.
Además de fechas recientes el episodio que esa mujer protagonizó ha sido estudiado en la obra Women and Politics in Ancient Rome de Richard A. Bauman, autor de varios interesantes libros sobre la vida romana, (Bausman, Richard A., 1994).

Hortensia fue hija de un famoso político, orador y abogado llamado Quinto Hortensio, quien vivió entre el 114 y el 50  a.C, llamado "el rey de los tribunales" por Cicerón ( Smith, sir Wiliam, 2005, I pp. 525-528). Es de suponer que en la casa paterna ella adquirió suficiente cultura jurídica como para presentarse a un tribunal. El hecho que la llevó a hacerlo se produjo en el año 42 a.C, cuando Roma se hallaba en plena guerra civil, de un lado los llamados triunviros, es decir, Octavio, Marco Antonio y Lépido, y del otro los asesinos de Jilio César, y Casio.

Los triunviros, necesitados de fondos para la guerra, impusieron a las matronas romanas un considerable tributo. Entonces, en defensa de las mujeres se levantó Hortensia, (-olé su menda-), según relata Valerio. 
Entonces Quinto Hortensio volvió a vivir en su hija y tuvo aliento en las palabras de su hija cuya fuerza e inteligencia, si hubieran querido seguir sus descendientes, no se hubiera acabado tan grande herencia de la elocuencia de Hortensio en una sola acción de su hija. El caso fue recordado por el famoso jurista y retórico hispanoromano Marco Fabio Quintiliano, (35 d.C-100 d.C), en su obra, autor que al hablar de la cultura de algunas destacadas romanas, consignó que el discurso de Quinto Hortensio, pronunciado pronunciado ante los triunviros, es leído no solamente como un honor para su sexo, sino como todo un ejemplo.
Fue el historiador Apiano de Alejandría. (95 d.C-165 d.C), en su obra "Las Guerras Civiles", Apiano consignó que los triunvuros publicaron un edicto para obligar a 1400 de las mujeres más ricas de Roma a que hicieran un avalúo de su patrimonio y suministrasen para el servicio de la guerra la parte que los triunviros exigieran de cada una. Asimismo, se dispuso que las que escondieran sus bienes o hicieran un avalúo falso serían multados y se recompesaría a quienes las denunciaran.
Ante esta situación, las damas romanas decidieron recurrir a las parientas de los triunviros y tanto la hermana de Octavio como la madre de Marco Antonio las recibieron con toda amabilidad. No obstante, Fulvia, esposa de Antonio, las trató groseramente, al parecer porque Hortensia y otras compañeras eran adversarias de la causa de los triunviros.
Las mujeres decidieron presentarse ante el tribunal de los triunviros, que impartían Justicia públicamente en el foro romano, y designaron a Hortensia para hablar en nombre de todas. Los soldados y la gente se apartaron para dejarlas pasar y entonces Hortensia tomó la palabra:
"Como convenía a las mujeres de nuestro rango al dirigiros una petición, recurrimos a las mujeres de vuestras familias, pero habiendo sido tratadas de modo inaceptable por Fulvia, su conducta nos ha traído al foro. Vosotros nos habéis despojado de nuestros padres, nuestros hijos, nuestros esposos y nuestros hermanos, a los que habéis acusado de haber actuado contra vosotros, si además nos quitáis nuestro patrimonio, nos reduciréis a una condición impropia de nuestro nacimiento, nuestros modales, nuestro sexo.
Si os hemos hecho mal, como decís que lo han hecho nuestros maridos, proscribidnos como hacéis  con ellos. Pero si las mujeres no hemos declarado a ninguno de vosotros enemigo público ni hemos demolido vuestras casas, destruidos vuestros ejércitos o encabezado otro contra vosotros, si no hemos puesto obstáculos para que alcacéis cargos y honores, ¿Por qué debemos compartir la pena si no compartimos la culpa? ¿Por qué deberíamos pagar impuestos cuando no tenemos ninguna parte de los honores, las jefaturas y la política, por las que competís el uno contra el otro con tan perjudiciales resultados? ¿Por qué estamos en guerra, decís? ¿Cuándo no ha habido guerras y cuando se han puesto alguna vez tributo a las mujeres que están extensas por su sexo entre la humanidad?
Nuestras madres se elevaron una vez por encima de su sexo e hicieron contribuciones cuando estabais en peligro el perder  el Imperio entero y hasta la misma ciudad debido al conflicto con los cartagineses. Pero, en ese entonces contribuyenron voluntariamente y no de sus tierras, sus dotes o sus casas, sin las cuales la vida no es posible para las mujeres libres, sino solamente de sus propias joyas, eso lo hicieron no de acuerdo a un avalúo  fijo ante el temor de acusadores ni por la fuerza, sino conforme a lo que ellas mismas quisieron dar.
¿Cuál es ahora la alarma para el Imperio? Dejad que venga la guerra con los galos o los partos, entonces no seremos inferiores a nuestras madres en el celo por la seguridad común, pero nunca contribuiremos para guerras civiles, no os ayudaremos a ir en contra de hermanos.
No contribuimos con César ni con Pompeyo. Ni Mario ni Cinna nos impusieron tributos. Tampoco Sila, que en su gobierno tuvo un poder despótico, mientras que vosotros decís que estáis restableciendo la república. ( Apiano, 1913, IV, pp. 32-33).


Tomado de: Revista Estudio Nº 23, anual, 2010.
Continuará...